¿QUE ES?
El Comité de Transparencia de la Fiscalía General, es el órgano encargado de instituir, coordinar y supervisar las acciones destinadas a cumplir con la publicidad de la información, además de asegurar el ejercicio del derecho de acceso a la información y proteger los datos personales en posesión de las áreas de la Fiscalía General.
- Integración
- Atribuciones
- Directorio
- Actas de sesiones
- Resoluciones del comité
- Calendario de sesiones
- Contacto
-
Lic. Amalia Rueda Alonso
Directora del Servicio Profesional de Carrera.
Presidenta.
-
Lic. Jaime Alejandro Velázquez Martínez
Director de Asuntos Jurídicos y Responsable de la Unidad de Transparencia.
Secretario Técnico.
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L.I. Marcelo Daniel Totolhua García
Coordinador de Sistemas, Informática y Estadística.
Vocal.
De la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública:
Artículo 44. Cada Comité de Transparencia tendrá las siguientes funciones:
I. Instituir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y los procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información;
II. Confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las Áreas de los sujetos obligados;
III. Ordenar, en su caso, a las Áreas competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y funciones deban tener en posesión o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, exponga, de forma fundada y motivada, las razones por las cuales, en el caso particular, no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones;
IV. Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información;
V. Promover la capacitación y actualización de los Servidores Públicos o integrantes adscritos a las Unidades de Transparencia;
VI. Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales, para todos los Servidores Públicos o integrantes del sujeto obligado;
VII. Recabar y enviar al organismo garante, de conformidad con los lineamientos que estos expidan, los datos necesarios para la elaboración del informe anual;
VIII. Solicitar y autorizar la ampliación del plazo de reserva de la información a que se refiere el artículo 101 de la presente Ley, y
IX. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable.
De la Ley de Transparencia y Acceso de la Información Pública para el Estado de Oaxaca
Artículo 68. El Comité de Transparencia tendrá las siguientes funciones:
I. Instituir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información;
II. Confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información o declaración de inexistencia o incompetencia realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados;
III. Ordenar, en su caso, a las áreas competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y funciones deban tener en posesión, o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, expongan, de forma fundada y motivada las razones por las cuales en el caso particular no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones;
IV. Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información;
V. Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos o integrantes de las Unidades de Transparencia;
VI. Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales, archivos, accesibilidad y gobierno abierto para todos los servidores públicos o integrantes del sujeto obligado;
VII. Recabar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que éste expida, los datos necesarios para la elaboración del informe anual;
VIII. Solicitar y autorizar la ampliación del plazo de reserva de la información, a que se refiere el artículo 50 de la presente Ley, y
IX. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable.
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LIC. JAIME ALEJANDRO VELÁZQUEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO TÉCNICO.
TEL: (951) 50 1 6 9 00 EXT-21775 CORREO ELECTRONICO: utransparencia.fgeo@gmail.com
SESIONES DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA |
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NÚMERO | FECHAS | ACTA |
PRIMERA | 11/03/2021 | |
SEGUNDA | 12/04/2021 | |
TERCERA | 04/06/2021 |
SESIONES DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA |
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NÚMERO | FECHAS | ACTA |
PRIMERA | 23/04/2019 | |
SEGUNDA | 05/06/2019 | |
TERCERA | 16/08/2019 | |
CUARTA | 30/08/2019 | |
QUINTA | 04/10/2019 | |
SEXTA | 02/12/2019 |
SESIÓN EXTRAORDINARIA |
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NOMBRE |
FECHA |
ACTA |
PRIMERA | 04/04/2024 | |
SEGUNDA | 17/07/2024 | |
TERCERA | 24/09/2024 | |
CUARTA | 09/10/2024 |
SESIÓN EXTRAORDINARIA |
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NOMBRE |
FECHA |
ACTA |
PRIMERA | 31/03/2023 | |
SEGUNDA | 11/04/2023 | |
TERCERA | 11/10/2023 | |
CUARTA | 14/11/2023 |
SESIÓN EXTRAORDINARIA |
||
NOMBRE |
FECHA |
ACTA |
SESIONES |
||
ACTA |
FECHA |
ACTA |
PRIMERA | 10/01/2019 | |
SEGUNDA | 15/04/2019 | |
TERCERA | 16/07/2019 | |
CUARTA | 14/10/2019 | |
QUINTA | 12/12/2019 |
SESIONES |
||
ACTA |
FECHA |
ACTA |
PRIMERA | 15/01/2018 | |
SEGUNDA | 17/04/2018 | |
TERCERA | 17/07/2018 | |
CUARTA | 18/10/2018 | |
QUINTA | 14/12/2018 |
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LIC. JAIME ALEJANDRO VELÁZQUEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO TÉCNICO.
TEL: (951) 50 1 6 9 00 EXT-21775 CORREO ELECTRONICO: utransparencia.fgeo@gmail.com