Es la unidad administrativa que depende directamente del titular del sujeto obligado, encargada de la atención al público en materia de acceso a la información pública, dentro de sus funciones están la de recabar y difundir información relativa a las obligaciones de transparencia, recibir y dar trámite las solicitudes de acceso a la información; así como proponer e implementar acciones conjuntas para asegurar una mayor eficiencia en los procesos de transparencia y protección de datos personales al interior de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca.

Dentro de sus atribuciones principales se encuentras las siguientes:

De la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información.

Artículo 45. Los sujetos obligados designarán al responsable de la Unidad de Transparencia que tendrá las siguientes funciones:

De la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca:

Artículo 66. Además de las funciones que refiere el artículo 45 de la Ley General, son competencia de la Unidad de Transparencia, las siguientes:

Los sujetos obligados promoverán acuerdos con instituciones públicas especializadas que pudieran auxiliarles a entregar las repuestas a solicitudes de información, en la lengua indígena, braille o cualquier formato accesible correspondiente, en forma más eficiente.

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